Renovación carnet conducir y operación de cataratas

Si has pasado por una cirugía de cataratas y necesitas renovar tu carnet de conducir, es importante que estés al tanto de la normativa vigente para evitar contratiempos innecesarios. En este artículo damos respuesta a las preguntas sobre la renovación carnet conducir y operación de cataratas

¿Puedo conducir tras una cirugía de cataratas?

Después de someterte a una cirugía de cataratas, podrás conducir nuevamente una vez que hayas completado adecuadamente el proceso de recuperación, que se fija en 1 mes, y hayas cumplido con los requisitos legales y médicos para conducir.

En los carnets profesionales, se fija en 2 meses.

Sin embargo, es fundamental que consultes con tu oftalmólogo para obtener una evaluación profesional de tu visión y recibir el visto bueno antes de volver a conducir.

¿Que requisitos debo cumplir transcurrido este periodo?

Transcurrido el tiempo establecido de recuperación, se deben alcanzar una agudeza visual binocular de, al menos, 0,5. si es preciso con lentes correctoras.

¿Necesito aportar al centro de reconocimientos algún tipo de informe?

Tras el tiempo de recuperación, deberás aportar un informe de tu oftalmólogo para entregar en el Centro de Reconocimiento de Conductores.

¿Cuál es el tiempo de vigencia tras la renovación carnet conducir y operación de cataratas?

El período de vigencia del permiso o licencia será, como máximo, de tres años, según criterio médico.

¿Que ocurre si llevaba gafas previamente?

Después de la cirugía de cataratas, es posible prescindir de las gafas en ciertas actividades como leer o ver televisión. Sin embargo, si existe algún problema de refracción residual como miopía, astigmatismo o hipermetropía, es probable que se necesite usar gafas para tener una visión clara y nítida. La decisión de utilizar o no gafas dependerá de las preferencias personales del paciente y de la recomendación del oftalmólogo. Por lo que es posible que deba mantener la restricción en su carnet de conducir.

¿Tienes dudas ? En DUA CLINIC podemos ayudarte a resolverlas. Puedes ponerte en contacto con nosotros.

Para información detallada puedes consultar el BOE correspondiente.

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